(Extracto Res. 2383/05)
Artículo 33.- Alumnos Regulares:
Son aquellos alumnos que cumplan la normativa vigente en cuanto a:
- Requisitos de ingreso y matriculación al nivel.
- Exigencia de la modalidad de cursada.
- Exigencia de acreditación académica.
- Exigencias disciplinarias pautadas para el nivel.
Artículo 34.- Son derechos de los alumnos regulares:
- Participar de la vida Institucional, integrándose en las organizaciones previstas
a tal efecto. - Ser informados en tiempo y forma de los planes de estudio, régimen de cursa-
das y correlatividades de las carreras que cursan, las propuestas de cátedra y
conocer el Proyecto Educativo Institucional.
- Acceder a títulos-diplomas y certificaciones, por estudios realizados de acuer-
do con la normativa de aplicación. - Asociarse en organizaciones tendientes al logro de fines educativos, culturales
y socio – comunitarios, debiendo gestionar el reconocimiento de las mismas
por ante el Instituto, mediante la presentación de los respectivos Estatutos. - Peticionar o proponer ante las autoridades del servicio educativo, a título personal o a través de las organizaciones estudiantiles debidamente reconocidas.
- Hacer uso de la biblioteca, equipamientos y dependencias del servicio educativo de acuerdo con las normas específicas para cada fin, establecidas por cada Institución.
- Recibir un trato respetuoso e igualitario.
- Recibir las calificaciones en tiempo y forma.
- Solicitar la aprobación de espacios curriculares mediante el régimen de equi-
valencias que se encuentre vigente en la jurisdicción, según las Resoluciones de aplicación. - Solicitar pase de una Institución a otra, sujeto a la normativa de aplicación.
- Recusar la composición de los tribunales examinadores en los términos y
por las causales previstas por el artículo 151 del Estatuto del Docente. - Solicitar la conformación de mesa especial a los fines de rendir última mate-
ria. - Poseer cobertura de acuerdo con el régimen de seguro previsto para el Ni-
vel y conforme las particularidades del ámbito de la enseñanza oficial o priva-
da, en todas las acciones que se desarrollen en el marco del Proyecto Educa-
tivo Institucional.
Artículo 35.- Son obligaciones de los alumnos regulares:
- Asumir una actitud respetuosa con el personal directivo, el cuerpo de profe-
sores, y demás miembros del establecimiento y entre pares. - Evitar toda demostración de fuerza, violencia o agresión dirigida contra el
personal del establecimiento contra pares o personas que circunstancialmente se encuentren en el mismo.
- Realizar un uso responsable y no causar daño a los bienes físicos del estable-
cimiento. - Abstenerse de toda prédica que atente contra el interés general, el sistema
republicano y democrático y la sana convivencia en el seno del instituto y de
otras instituciones asociadas al proyecto educativo. - Cumplir el presente reglamento y la normativa institucional.
Para las otras categorías de alumnos, resultará de aplicación lo pautado en el pre-
sente en cuanto no se oponga a lo previsto en las definiciones adoptadas para cada categoría.